Como parte de la actualización de NSPIRE, los Programas Multifamiliares de HUD ahora estarán sujetos a los mismos requisitos que la Vivienda Pública, que requiere que todas las unidades estén sujetas a inspección anual.
Según el aviso final de NSPIRE. Sección 5.707 Requisito e informe uniformes de autoinspección.
Todos los PHA y propietarios de viviendas de HUD sujetas a un contrato de asistencia, que no sean propietarios que participen en el HCV, PBV y programas, deben auto inspeccionar anualmente sus propiedades, incluidas todas las unidades, para garantizar Las unidades se mantienen de acuerdo con las normas del § 5.703. El propietario o PHA debe mantener los resultados de dichas autoinspecciones durante tres años y debe proporcionar los resultados a HUD a pedido. Esta autoinspección es independiente de otras inspecciones de HUD discutidas en § 5.705. El propietario o PHA puede optar por realizar esta inspección después de una inspección de HUD para satisfacer este requisito y el requisito de encuesta posterior al informe en § 5.711© (2) simultáneamente.
Autoinspecciones completas después de un puntaje REAC fallido
HUD también está agregando un requisito de que las propiedades que obtengan una puntuación inferior a 60 deben completar un autoinspección y no la autoinspección limitada descrita en esta regulación para detectar deficiencias identificadas en unidades y áreas de la propiedad no inspeccionadas por REAC. Esta adición es necesaria para garantizar que los propietarios y las PHA inspeccionen el 100 por ciento de sus propiedades cuando tienen un rendimiento físico deficiente (es decir, puntajes inferiores a 60) para identificar defectos adicionales de salud y seguridad en las unidades que no formaban parte de la muestra de inspección. Los PHA y los propietarios que realizan una inspección completa después de la inspección de HUD pueden considerar que esta inspección satisface los requisitos de § 5.707 para ese año.
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